Edrich Ballesteros Opinólogo DNaranja News

¿Es legal la consulta sobre el nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México?

Mucho se ha hablado estos días respecto a la consulta que se llevará a cabo próximamente respecto al proyecto del nuevo aeropuerto internacional en la Ciudad de México (NAICM) una consulta que dicen, será el referente para tomar una decisión de cancelar o no los trabajos ya realizados.
En lo personal, me parece una muy buena iniciativa que se tome en cuenta a la ciudadanía para temas de tanta importancia, y espero sea así para todos los demás proyectos del próximo gobierno, pero siempre, apegada a la ley, porque de no ser así, entonces sería un gobierno como los anteriores, y no uno de esperanza y cambio.
¿Qué es una consulta popular?
En México, existe una ley específica que se llama Ley Federal de Consulta Popular, y nos dice lo siguiente:
Artículo 4.
La consulta popular es el mecanismo de participación por el cual los ciudadanos ejercen su derecho, a través del voto emitido mediante el cual expresan su opinión respecto de uno o varios temas de trascendencia nacional.
¿Quién puede solicitar una consulta popular?
Lo anterior, aplica perfectamente al tema del nuevo aeropuerto, sin embargo, en esa misma ley, se establecen las formas en las cuales una consulta popular debe realizarse para ser considerada como válida, entre estos, tenemos:
Artículo 12.
Podrán solicitar una consulta popular:
I. El Presidente de la República;
II. El equivalente al treinta y tres por ciento de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso, o
III. Los ciudadanos en un número equivalente, al menos, al dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores.
Al respecto, y para no entrar en controversia sobre si el Licenciado Andrés Manuel López Obrador es o no aún el Presidente de éste país, y aún cuando él ha sido el que más difusión le ha dado a dicha consulta, y que en todas sus declaraciones, él siempre ha dicho “vamos a hacer una consulta…”

¿Quién le da validez?

La misma ley señala lo siguiente:
Artículo 35.
El Instituto (Nacional Electoral) es responsable del ejercicio de la función estatal de la organización y desarrollo de las consultas populares y de llevar a cabo la promoción del voto, en términos de esta Ley y del Código.
Hasta ahora, el INE no ha sido quien haya promovido dicha consulta, de hecho, será MORENA la que según el propio dicho de sus representantes y voceros, haga el recuento de la votación y se encargue del desarrollo de la misma, esto, con los recursos que cada congresista aporte, a raíz de 6 mil o 7 mil pesos cada uno.
Las cosas malas.
Si esta consulta popular no es legal, por no cumplir con los elementos que la ley señala para ello, entonces tampoco puede ser impugnada, lo que transforma el ejercicio de la democracia en un mero circo mediático donde a nadie se le da la oportunidad de quejarse del resultado, ni del proceso y mucho menos de la legalidad o no del tema.
Igual de malo es que no toda la ciudadanía será convocada al voto
También es malo que no sepamos con certeza quién convoca a esta consulta
Peor sería que lo hiciera el Presidente electo si aún no está en funciones.
Por donde se vea, esta consulta está plagada de muchas cosas que dan que pensar, a pesar de que hay otros temas como el tren maya que no entrarán a consulta y tienen un impacto similar dentro del territorio nacional.
El nuevo gobierno no ha tomado el cargo, hagamos que desde ahora no sea como los anteriores…

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