Nuevo Reglamento de estacionamiento en la CDMX

La inconstitucionalidad del nuevo Reglamento para el control de estacionamiento en la vía pública de la CDMX

Artículo 19. Cuando el usuario del servicio de estacionamiento en la Zona de Parquímetros impida, dificulte o se niegue a que se ejerzan las facultades de revisión, de elaboración de boletas de infracción o de retiro del vehículo o insulte al PERSONAL AUTORIZADO, será puesto a disposición del Juez Cívico o del Ministerio Público según corresponda.
Esta es la nueva maravilla con la que despertamos hoy los habitantes de la CDMX, donde prácticamente todo aquel lugar que decida la SEMOVI, será área de parquímetros, por supuesto, estos operarán a base de una concesión a un particular.
Así, dicho reglamento nos habla de PERSONAL AUTORIZADO, no de policía o agente de tránsito, NO, PERSONAL AUTORIZADO, que puede ser incluso la persona que se encarga de darle mantenimiento a los parquímetros, pues no son propiedad del gobierno, sino de una empresa particular.
Si un ciudadano insulta como dice el precepto, a dicho personal autorizado, podrá ser remitido al Ministerio Público, y yo me pregunto: ¿si se insulta a quien no sea una autoridad, cómo por qué habríamos de parar ante el MP?
Peor aún, el precepto queda abierto para que por una sanción administrativa, un ciudadano sea remitido ante el Ministerio Público, lo cual va en contra del artículo 21 Constitucional:
Articulo 21.
“…Compete a la autoridad administrativa la aplicación de sanciones por las infracciones de los reglamentos gubernativos y de policía, las que únicamente consistirán en multa, arresto hasta por treinta y seis horas o en trabajo a favor de la comunidad; pero si el infractor no pagare la multa que se le hubiese impuesto, se permutará esta por el arresto correspondiente, que no excederá en ningún caso de treinta y seis horas.”
El Ministerio Público está para perseguir DELITOS, no para andar viendo cuestiones administrativas, para eso están los Jueces Cívicos, además, en nuestra realidad, esto da lugar a que dicho PERSONAL AUTORIZADO amenace con remitir al MP a aquel que a su criterio (porque tampoco señala en qué consiste un insulto) le digan algo que no le agrade.
Así son las leyes de nuestra Ciudad de México, nuestras autoridades, nuestros Asambleistas y demás, unos ignorantes de las leyes que ellos mismos crean y autorizan en perjuicio del ciudadano al que dicen representar.

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